miércoles, 4 de octubre de 2023

¿DEBEMOS MOSTRAR A NUESTROS HIJOS PEQUEÑOS EN REDES SOCIALES?

             No hace mucho tiempo vi en una entrevista a una “famosilla” a la que preguntaron: ¿Qué le dirías a la gente que expone a sus hijos en las redes sociales? Su respuesta fue que “yo lo hago porque es mi hijo, que cada uno haga lo que quiera”. Me quedé preocupado porque lo que decía la entrevistada no me pareció apropiado. Al menos, yo no lo comparto. Pero sé que eso ocurre con infinidad de menores a los que sus mayores exponen en distintas plataformas, seguramente sin tener siquiera conciencia del daño que pueden ocasionarles.

Otro aldabonazo me zarandeó cuando hace un par de días leí la noticia de que Tik Tok, la plataforma de videos en formato corto para móviles, ha sido multada con 345 millones de euros por haber violado la privacidad de los niños. La Comisión de Protección de Datos de Irlanda dictaminó que no protegió la información personal de sus usuarios de entre 13 y 17 años al permitir que sus cuentas se hiciesen públicas, por lo que sus contenidos quedaron a la vista de cualesquiera otros usuarios entre julio y diciembre de 2020. Igualmente, la noticia informaba de que Tik Tok presiona a los adolescentes cuando se unen a la plataforma para que hagan públicas sus cuentas. No los obligan explícitamente, pero sí de forma encubierta a través de diseños atractivos y engañosos que les llevan a aceptar esta condición.

Quiero reflexionar en voz alta sobre este asunto, porque con la vuelta de las vacaciones muchas familias divulgan en redes sociales fotografías y videos en los que muestran la alegría que los ha envuelto en esos días. Seguramente nosotros también lo hayamos hecho o tengamos pensado hacerlo. Es normal. Pero seguro que no nos paramos a pensar que lo que en principio parece una cosa hecha solo con ánimo de agradar y de comunicar nuestra propia felicidad a familiares y amigos, puede ser nefasto para los pequeños. Porque no sabemos hasta donde van a llegar esas imágenes, a qué manos irán a parar y qué uso se hará de ellas.

Yo no soy jurista, aunque tengo los suficientes elementos de juicio como para saber que los pequeños deben ser objeto de protección por parte de los mayores, y que es nuestra misión extremar la cautela en lo que divulgamos de ellos en redes sociales. Además, me he informado de que el artículo 20.4 de nuestra Constitución reconoce que las libertades públicas de expresión tienen su límite “especialmente en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y la infancia”.

Los menores de edad tienen, por tanto, sus derechos a la intimidad y a la propia imagen. Igual que los mayores. Estos derechos son de carácter personal, intransferibles e irrenunciables, y deben estar en todo momento garantizados y protegidos. Pero, desgraciadamente, pueden verse quebrantados cuando se publican fotografías o videos en redes sociales a las que prácticamente cualquier persona puede tener acceso. Esas imágenes, que difundimos sin malicia pero sin ningún control, pueden poner en peligro a nuestros pequeños y adolescentes. Desde el momento en que se publican en una plataforma digital se convierten en un riesgo potencial para ellos, como se ha demostrado en el caso comentado de Tik Tok.

Los padres, que son los que detentan la patria potestad hasta la mayoría de edad, han de garantizar esa protección que precisan sus hijos. En otras palabras, los que tienen el derecho son los hijos, aunque sean menores de edad; y los padres, tíos o abuelos, son los encargados de protegerlos, no pudiendo disponer de sus imágenes arbitrariamente con la excusa de que son sus hijos, sobrinos o nietos.

¿Dónde están, entonces, los límites para la actuación de los mayores? Los límites aparecen en el momento en que con su decisión puedan perjudicar los intereses de los menores. Cada cual deberá evaluar el posible daño que pueden ocasionar las imágenes que publique en las redes sociales. Porque, de lo contrario, cuando alcancen la mayoría de edad los hijos, los sobrinos o los nietos, podrán iniciar acciones legales contra sus mayores por vulnerar alguno de sus derechos.

En definitiva, los padres no pueden disponer impunemente de los derechos de sus hijos “porque son sus hijos”, como decía la entrevistada, sino todo lo contrario: deben salvaguardarlos precisamente porque son menores y están bajo su custodia. 

Antonio Titos Moreno

1 comentario:

  1. Emilio Lora Rodríguez7 de enero de 2024, 13:55

    Antonio te doy las gracias por abrirnos los ojos ante situaciones que tendemos a normalizar sin caer en la cuenta de nuestras responsabilidades .

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